El pasado 21 de agosto el Consejo Directivo Central (CDC) de la Universidad de la República resolvió su posición sobre el Proyecto de Ley de Creación de la Universidad de la Educación. En dicha resolución manifestó su plena disposición a colaborar desde sus acumulaciones y experiencia en la creación de una institución genuinamente universitaria, autónoma, gratuita y cogobernada, que desarrolle sus funciones de acuerdo a elevados estándares académicos y profesionales.

EL CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL DE LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 21 DE AGOSTO DE 2018, ADOPTO LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN:

62.
(Exp. 011900-000278-18) – ATENTO: A la nota de la Comisión de Educación y Cultura de la Cámara de Senadores recibida en fecha 17/04/2018, y a lo establecido en el Artículo 202 de la Constitución de la República y en el Artículo 21 literal r) de la Ley Orgánica.

A la resolución del CDC del 07/03/2017 (“Hacia una institución universitaria de educación”), y la resolución de la Asamblea General del Claustro del 01/08/2018.

A la resolución N.º 3 del CDC del 31/10/2017 vinculada con lo actuado durante 2017 por la representación universitaria en la comisión asesora designada por la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública (CCSNEP) sobre la creación de la UNED. Que ante el planteo de dicha representación, la comisión asesora no trabajó en base al articulado del anteproyecto de ley presentado por el MEC, sino que analizó las definiciones conceptuales fundamentales que pudieran ser acordadas por todos los delegados en la asesora, generando un documento con insumos, que finalmente el MEC adoptó como “exposición de motivos” de un nuevo proyecto de ley.

EL CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL, RESUELVE:

No realizar en esta oportunidad un análisis artículo por artículo del proyecto de ley, sino resumir y ratificar los aspectos conceptuales más relevantes contenidos en resoluciones previas del CDC y la AGC con motivo de la actuación universitaria en las comisiones de implantación del IUDE y las propuestas de creación de la UTEC y de la UNED. Consideramos conveniente que varios de los siguientes lineamientos generales deben ser profundizados en el proyecto planteado u otros similares.

La formación de maestros y profesores es una variable estratégica en la búsqueda de la excelencia del sistema educativo nacional, y por lo tanto, una pieza esencial para el desarrollo integral del país. El nivel educativo de la población es determinante para la calidad de la democracia, la integración y convivencia social, el desarrollo económico y la preservación del medio ambiente.

La creación de una institución universitaria de educación es entonces un hecho de la mayor relevancia, que debe construirse integrando todos los recursos existentes, tanto dentro del sistema tradicional de formación docente como fuera de él, atendiendo a la escala del país, a la dotación de recursos humanos calificados y a la existencia de conocimientos y trayectorias diversas que, conjugadas, son capaces de enriquecer cualquier proyecto transformador e innovador. La diversificación institucional de la educación terciaria pública debe estar enmarcada en las prescripciones vigentes para el Sistema Nacional de Educación Terciaria Pública, tal como lo prevé la Ley General de Educación.

La Universidad de la República mantiene su plena disposición a colaborar desde sus acumulaciones y experiencia en la creación de una institución genuinamente universitaria, autónoma, gratuita y cogobernada, que desarrolle sus funciones de acuerdo a elevados estándares académicos y profesionales. En ese empeño no pretende asumir ningún rol hegemónico, ni aspira a protagonismo alguno. Procura, en cambio, cumplir en toda su extensión con la normativa constitucional y legal vigente y con sus responsabilidades con la sociedad a la que pertenece, como institución estatal de larga tradición en la formación de personas en el nivel educativo terciario y parte constituyente del Sistema Nacional de Educación Pública.

La formación de profesionales de la educación es algo más que la formación para la enseñanza. En ese sentido, los fuertes conocimientos disciplinarios a nivel de estudios de grado y de posgrados y su vínculo con la producción de conocimientos a través de las tareas de investigación, resulta una condición imprescindible para la formación integral de los docentes, junto al dominio del conocimiento especializado en las disciplinas pedagógico-didácticas y las prácticas de enseñanza. La integración de las funciones de investigación y extensión deben sustentarse en procesos (y recursos) que permitan concretar el desarrollo adecuado de dichas funciones, propendiendo a un desarrollo sinérgico de los aspectos disciplinares y pedagógicos, entre las disciplinas de formación docente específica y los conocimientos disciplinarios más generales propios de un rango universitario. Se deben generar elementos que contribuyan a disminuir la brecha existente entre la tradicional formación de profesores y de maestros, y la formación y la investigación en un amplio espectro de disciplinas y profesiones que cultiva la Udelar.

Además de la promoción del intercambio académico nacional e internacional con otras instituciones y organismos, es necesario asegurar una amplia movilidad dentro del Sistema Nacional de Educación Terciaria Pública, mediante titulaciones conjuntas (carreras compartidas de grado y posgrado), carreras docentes conectadas (intercambio de docentes, dedicaciones totales compartidas, grupos de investigación multi-institucionales, etc.), amplia movilidad de estudiantes entre las distintas instituciones, descentralización y regionalización universitaria (fortalecimiento de la política ya iniciada, con radicación de sedes conjuntas y colaboración a escala regional de todas las instituciones).

Una nueva institución requiere contar con una estructura de grados académicos acorde con el nivel universitario y con personal de apoyo en congruencia con ello, propendiendo a la provisión de cargos a partir de concursos públicos y abiertos, con adecuadas formas de evaluación de desempeño que permitan las renovaciones periódicas de docentes. Estos aspectos, así como la regionalización de la institución, han sido contemplados en la nueva presentación del Proyecto de Ley.

En defensa de uno de los conceptos básicos más significativos de la educación superior en Uruguay, se reafirma el concepto de “libertad de cátedra y libertad de opinión y crítica”. La aplicación de este principio redunda en beneficio de la formación de los docentes y tiene repercusión en toda la educación nacional (pública y privada) contribuyendo a la formación de las generaciones actuales y futuras.

El gobierno de la nueva institución no debiera ser una mera adaptación de las formas del gobierno de la Universidad de la República, pero debe respetar los principios de participación de los interesados, autonomía de los poderes políticos, coordinación vigorosa con los otros organismos de educación, transparencia, rendición de cuentas.

La instalación de un eventual Consejo Directivo provisorio integrado por miembros designados por el Poder Ejecutivo (previa venia de la Cámara de Senadores), deberá tener como objetivo fundamental la organización de la elecciones para proceder a la instalación del cogobierno en un plazo máximo de un año. Las prórrogas de este tipo de estructuras generan una gobernanza autárquica alejada del cogobierno en las etapas fundamentales de creación de la institución. (16 en 16)

Descargue la resolución del CDC 21 de Agosto de 2018

Descargue la resolución del CDC 7 de Marzo de 2017